Educación

Tres iniciativas en San Lázaro buscan obligar a la SEP a protocolos contra el bullying: Noemí Luna reforma cuatro artículos, el PRI sanciona a padres y México sigue en primer lugar mundial en acoso escolar

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La Cámara de Diputados debate en marzo de 2026 tres iniciativas que reforman la Ley General de Educación para obligar a la SEP y a las autoridades estatales a establecer protocolos formales contra el bullying en todos los planteles del país. México sigue en el primer lugar mundial de acoso escolar según la OCDE, con 18.7 millones de estudiantes de primaria y secundaria afectados y solo ocho estados con legislación específica en la materia.

La Cámara de Diputados de México debate en este mes de marzo de 2026 al menos tres iniciativas legislativas para reforzar los protocolos contra el acoso escolar en todos los niveles del sistema educativo nacional, con la propuesta más reciente presentada el 5 de marzo por la diputada Noemí Luna Ayala —vicecoordinadora de la bancada del PAN y publicada en la Gaceta Parlamentaria— que busca reformar las fracciones V del artículo 15, XXI del artículo 30, el primer párrafo del artículo 59 y la fracción I y el párrafo tercero del artículo 74 de la Ley General de Educación para incluir legislaciones, programas, esquemas y mecanismos que fomenten la sana convivencia escolar con cuatro rutas de actuación obligatoria ante el bullying —medidas inmediatas de protección, información de recursos disponibles, comunicación con las familias y evidenciación de la institución que no detiene la violencia—, en un paquete legislativo que se complementa con la iniciativa de la diputada Ana Isabel González González del PRI que establece sanciones escalonadas a padres o tutores cuyos hijos incurran en conductas de acoso —desde amonestación y cursos de parentalidad positiva en la primera reincidencia, hasta multas proporcionales al ingreso familiar y canalización a instancias de procuración de justicia en la tercera— y con la propuesta del diputado Marco Antonio Mendoza Bustamante del PRI que reforma el artículo 74 para obligar a las autoridades educativas a elaborar y publicar protocolos de prevención, atención, actuación, sanción y erradicación del acoso escolar en todos los planteles del país sin importar el nivel académico, todo ello en el contexto de un México que según la OCDE ocupa el primer lugar mundial en bullying escolar —con cerca del 50% de los estudiantes afectados y 18 millones 782 mil alumnos de primaria y secundaria víctimas de acoso—, donde solo ocho estados del país cuentan con legislación específica sobre la materia según SocCivilMX, donde el 70% de los estudiantes con ideación suicida declaró haber sufrido bullying según la Fundación AMAR, y donde el Consejo Ciudadano para la Seguridad y la Justicia de la CDMX registró 733 reportes de acoso en 2024-2025 con un aumento del 34% en entornos digitales, segun confirman Pórtico, Talla Política, la Comunicación Social de la Cámara de Diputados y la Gaceta Parlamentaria del 2 de diciembre de 2025.

📅 10 de marzo de 2026 | 📍 Ciudad de México, Palacio Legislativo de San Lázaro | ✍️ Birmux News

Ciudad de México, 10 de marzo de 2026 — El primer lugar mundial en bullying escolar no es una distinción reciente para México. La OCDE lo documenta desde hace más de una década. Los datos de la Secretaría de Educación Pública lo confirman cada ciclo: siete de cada diez alumnos han presenciado o vivido acoso escolar. El costo económico, según SemMexico, asciende a 7,000 millones de pesos al año.

Lo que también lleva más de una década ocurriendo es que la Cámara de Diputados presenta iniciativas para combatir el bullying. La Ley General de Educación ya tiene artículos que mencionan la convivencia pacífica y los protocolos de actuación. La SEP tiene un portal llamado Escuela Libre de Violencia. Varios estados tienen sus propios documentos de protocolo.

Y sin embargo, solo ocho estados tienen legislación específica vinculante. Los protocolos no llegan a todos los planteles. El bullying sigue creciendo, y el ciberbullying lo hace al 34% anual en la capital. La paradoja del bullying en México no es la falta de leyes. Es la brecha entre las leyes que existen y las escuelas que las aplican.

Las tres iniciativas de marzo de 2026 intentan cerrar esa brecha desde ángulos distintos. Ninguna de las tres tiene todavía dictamen de la Comisión de Educación. Las tres tienen algo en común: la urgencia de quien lleva años viendo el mismo problema sin que el sistema lo resuelva.

La iniciativa de Noemí Luna: cuatro rutas de actuación y la reforma de cuatro artículos de la Ley General de Educación

Pórtico y Talla Política: los cuatro artículos que la vicecoordinadora del PAN propone reformar

Pórtico y Talla Política documentan el contenido de la iniciativa presentada el 5 de marzo con respaldo de todo el grupo parlamentario del PAN:

“La diputada zacatecana Noemí Luna presentó en la Cámara de Diputados una iniciativa que tiene el objetivo de prevenir y detectar tempranamente el acoso escolar o bullying. La vicecoordinadora de la bancada del PAN propone reformar los artículos 15, 30, 59 y 74 de la Ley General de Educación, para incluir legislaciones, programas, esquemas y mecanismos que fomenten la sana convivencia escolar y salvaguarden la integridad física del estudiantado, privilegiando la paz. Sugiere realizar cuatro acciones: medidas inmediatas de protección y educativas de prevención; informar los recursos disponibles; mantener comunicación con las familias y evidenciar a la institución que no detiene la violencia; e implementar una ruta de actuación ante el bullying. En la iniciativa que ya se publicó en la Gaceta Parlamentaria señala que es urgente atender la situación, pues la OCDE estima que el 32% de los menores mexicanos entre nueve y 17 años sufren bullying, cifra que podría duplicarse por los casos no reportados. El acoso escolar es un problema que va en aumento y afecta el bienestar, desarrollo y ejercicio de los derechos de las niñas, niños y jóvenes involucrados ya sea como víctimas, agresores u observadores en la comisión de alguno o los tres tipos de violencia en que se clasifica el bullying: verbal, social y físico.”

Los cuatro artículos reformados y lo que cambia en cada uno según la propuesta de Luna

La Gaceta Parlamentaria y la Comunicación Social de San Lázaro documentan el alcance técnico de las reformas propuestas:

Los cuatro artículos de la Ley General de Educación que reforma la iniciativa de Noemí Luna:

– Artículo 15, fracción V: Refuerza el principio de convivencia escolar pacífica como obligación activa de las autoridades educativas, no solo como aspiración declarativa del sistema.

– Artículo 30, fracción XXI: Incorpora mecanismos específicos de prevención del acoso escolar en los contenidos de los planes y programas de estudio, vinculando la formación en convivencia al currículo obligatorio.

– Artículo 59, primer párrafo: Establece la obligación de las autoridades competentes de diseñar y aplicar rutas de actuación ante el bullying, con cuatro etapas: medidas inmediatas de protección, información de recursos disponibles, comunicación con familias, y evidenciación de la institución que no actúa.

– Artículo 74, fracción I y párrafo tercero: Fortalece las obligaciones de los directivos y personal de los planteles en materia de detección temprana, intervención y reporte de casos de acoso, con responsabilidad institucional explícita para quienes omitan actuar.

La propuesta del PRI de responsabilidad parental: sanciones escalonadas para los padres de los agresores

Comunicación Social de Diputados y El Congresista: el esquema de tres niveles de sanción a las familias

La Comunicación Social de la Cámara de Diputados y El Congresista documentan el contenido de la iniciativa de González González que llegó a la Gaceta Parlamentaria el 2 de diciembre de 2025:

“La diputada González González explica que cuando un estudiante incurra en conductas de bullying, se propone que se apliquen a sus padres o tutores las siguientes medidas: como primera reincidencia, amonestación y obligación de asistir a cursos de parentalidad positiva; segunda, una multa económica proporcional al ingreso familiar, determinada por la autoridad competente; tercera, canalización obligatoria a las instancias de procuración de justicia para evaluar medidas de protección y responsabilidad parental. Enfatiza que las sanciones deberán ser proporcionales, garantizando siempre el interés superior de la niñez y evitando criminalizar a los menores. La propuesta establece que la Secretaría de Educación Pública, en coordinación con el Sistema Nacional DIF y las procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, establecerá los lineamientos para la aplicación de este capítulo. La legisladora expone que a pesar de que la Ley General de Educación y la de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes reconocen el derecho de los menores a vivir sin violencia, no especifican claramente la responsabilidad parental en relación con el bullying.”

La iniciativa Mendoza Bustamante: protocolos obligatorios publicados en todos los planteles de todos los niveles

Comunicación Social de San Lázaro: la propuesta que modifica el artículo 74 para exigir cinco tipos de protocolo

La Comunicación Social de la Cámara de Diputados documenta la propuesta más amplia en términos de cobertura institucional:

“Para que las autoridades educativas elaboren y publiquen protocolos de prevención, atención, actuación, sanción y erradicación del acoso escolar en los centros educativos, el diputado Marco Antonio Mendoza Bustamante impulsa iniciativa para reformar y adicionar el artículo 74 de la Ley General de Educación. El documento enviado a la Comisión de Educación, para dictamen, y a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para opinión, sugiere que las autoridades emitan lineamientos para que todas las escuelas cuenten con los protocolos de actuación en la materia. Mendoza Bustamante cita que en el 30 por ciento de los casos existe agresión física, en 23 por ciento agresión verbal, en 17 por ciento psicológica, en 14 por ciento cibernética, en 8 por ciento hay exclusión y en 7 por ciento acoso sexual. Según la Fundación AMAR, el 70 por ciento de los estudiantes con ideación suicida declaró haber sufrido maltrato en el colegio. Considera fundamental establecer mecanismos de prevención, atención, sanción y erradicación del acoso escolar que permitan hacer frente a este grave fenómeno, y que todos los planteles educativos, sin importar el nivel académico, estén preparados para prevenir y atender situaciones de acoso y de violencia.”

El diagnóstico que justifica las tres iniciativas: México en primer lugar mundial con 18.7 millones de estudiantes afectados

OCDE, SEP, Consejo Ciudadano y SocCivilMX: los cuatro indicadores que dan urgencia al paquete legislativo

Las tres iniciativas citan distintas fuentes para documentar la magnitud del problema. La Comunicación Social de la Cámara de Diputados y SemMexico concentran los datos más relevantes:

Diagnóstico del bullying escolar en México — datos citados en las iniciativas de marzo 2026:

– México ocupa el primer lugar mundial en bullying escolar según datos de la OCDE y Bullying Sin Fronteras, con cerca del 50 porciento de los estudiantes afectados.
– 18 millones 782 mil alumnos de primaria y secundaria son víctimas de acoso escolar según datos de la SEP citados en iniciativas legislativas.
– La OCDE estima que el 32 porciento de los menores mexicanos de 9 a 17 años sufre bullying, y la cifra puede duplicarse por los casos no reportados.
– En el 30 porciento de los casos hay agresión física; 23 porciento agresión verbal; 17 porciento psicológica; 14 porciento cibernética; 8 porciento exclusión; 7 porciento acoso sexual (datos de la iniciativa Mendoza Bustamante).
– El 70 porciento de los estudiantes con ideación suicida declaró haber sufrido maltrato escolar (Fundación AMAR).
– El bullying es un factor de riesgo identificado en casos de depresión, deserción escolar y homicidios culposos derivados de riñas escolares.
– Solo 8 estados del país cuentan con legislación específica sobre bullying (SocCivilMX / Ana Lucía Medina).
– El ciberbullying creció 34 porciento en entornos digitales entre 2024 y 2025 según el Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la CDMX.
– El bullying escolar afecta a 28 millones de estudiantes y cuesta 7,000 millones de pesos anuales (SemMexico).

Lo que la Ley General de Educación ya dice y por qué no ha funcionado: el artículo 74 y el protocolo que no llegó a todas las escuelas

Gaceta Parlamentaria y protocolo AEFCMX: la brecha entre el mandato legal vigente y la realidad de los planteles

El protocolo de la SEP para la CDMX y el texto de la iniciativa de disciplina restaurativa de enero de 2026 permiten documentar por qué la legislación vigente no ha resuelto el problema:

“La iniciativa propone un cambio estructural hacia un modelo de disciplina basado en respeto, diálogo, responsabilidad y reparación, acorde con estándares nacionales e internacionales. De esta forma, México avanza hacia un sistema educativo que garantice plenamente los derechos humanos de la niñez y adolescencia, promueva la paz escolar y fortalezca entornos de aprendizaje seguros, inclusivos y respetuosos. La Ley General de Educación ya obliga a las autoridades a diseñar estrategias y acciones para la detección temprana, contención, prevención y erradicación del acoso o la violencia escolar en todas sus manifestaciones. Sin embargo, en la práctica, los protocolos existentes no se han implementado de manera uniforme en todos los planteles del país, y muchos docentes y directivos desconocen los mecanismos vigentes o no cuentan con la formación necesaria para activarlos. La ausencia de sanciones explícitas para las instituciones que no apliquen los protocolos ha sido identificada como el principal vacío del marco legal actual.”

Por qué el paquete legislativo de marzo es necesario pero insuficiente sin implementación: cuatro razones

Cuatro argumentos que explican la distancia entre legislar contra el bullying y eliminar el bullying de las aulas mexicanas

Las tres iniciativas de marzo de 2026 son necesarias. Ninguna de las tres, aprobada de manera aislada, resolverá el problema. Hay cuatro razones que explican esa brecha entre la norma y la realidad:

1. México ya tiene legislación sobre bullying que no se aplica uniformemente — el problema no es la norma sino su implementación: El artículo 74 de la Ley General de Educación ya establece obligaciones de convivencia escolar. Los protocolos de la SEP ya existen. El portal Escuela Libre de Violenci

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